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Visa
H-1B Empleo Especializado
Esta categoría
de visa se utiliza para la contratación de profesionales extranjeros con
habilidades, destrezas y conocimientos extraordinarios, según definido en el
Código Federal 8 CFR. 214. 2(CH)(4).
Es una visa de trabajo que puede darse por el periodo de un (1) año hasta un
máximo de seis (6) años de estadía. Esta categoría aplica en aquellos casos
en que la Facultad ha identificado la necesidad de contratar a un
extranjero. En el caso de un profesor implica que se hizo el reclutamiento adecuado y establecido en
la reglamentación universitaria.
Es importante
anotar que todo extranjero con visa H-1B, igual que otros tipos de visas,
tan sólo tiene estatus legal temporero y su estadía tiene fecha de
terminación o caducidad. A diferencia de un ciudadano americano, no tiene
residencia permanente bajo el estatus de visa.
Una vez el
Decano o el Director de la Facultad identifica los fondos necesarios para la
contratación del profesor o investigador seleccionado, debe solicitar una entrevista
con la Directora del Programa para que se inicie el trámite de la petición
de la visa H-1B. Recomendamos que identifique la persona en su
departamento que se encargará de trabajar con el Oficial de Visas de nuestro
Decanato este trámite.
A continuación
le ofrecemos una descripción breve del trámite. Este consta de tres fases y
el proceso toma alrededor de cuatro a seis meses para recibir la aprobación
una vez se someta al Servicio de Inmigración Cada una de estas fases se trabajan en conjunto con
los departamentos y los documentos son evaluados por el personal del Programa.
Trámites
requeridos
-
Determinación de Salario Prevaleciente Estatal - Esta es la primera fase
de la petición, en la cual se solicita se certifique el salario
prevaleciente para el puesto y descripción que se solicita en la categoría H-IB (“specialty occupation”).
La determinación de salario
prevaleciente se define como el salario promedio pagado a personas
con empleos similares en determinada área
geográfica.
El departamento o escuela completa la
Hoja de Información para la Determinación de Salario Prevaleciente
(PWD) y la somete a
nuestro programa. El programa revisará y preparará el formulario "Prevailing Wage
Determination" y lo
someterá para la firma del director de departamento. Una vez firmado,
el departamento deberá enviarlo al Programa, para que este lo tramite directamente a la
Unidad de Certificación de Extranjeros en Puerto Rico.
-
Certificación de Trabajo del Departamento del Trabajo Federal - Esta fase
es la que corresponde a la solicitud de Autorización de Trabajo. Una vez el Programa recibe la Certificación de Salario
Prevaleciente de la
Unidad de Certificación de Extranjeros, el PVEAI procede a
preparar y someter electrónicamente la Certificación de Trabajo (ETA-9035)
que acompañará la petición para
clasificar al extranjero como un no-inmigrante en H-1B.
-
Petición de
trabajo para un extranjero no-inmigrante(I-129) - Esta es la tercera
y última fase del trámite. El departamento debe completar la
Información para someter el Formulario I-129 (petición nueva)
o la Información para someter el
Formulario I-129
(petición
extensión)
y someter las evidencias
requeridas. El proceso conlleva la revisión de los documentos por
parte del PVEAI y la carta borrador que firmará el Rector/a para someter
la petición al Servicio de Ciudadanía e Inmigración
(USCIS por sus siglas en
inglés).
Junto a esta petición se somete la Certificación de Trabajo
(LCA -ETA 9035) que
corresponde al periodo solicitado. Es importante señalar que el permiso o certificación
de trabajo no
excede la vigencia del periodo máximo de tres años. Una vez sometida la
petición, la
notificación de aprobación
(formulario I-797A)
por parte del Servicio de
Ciudadanía e Inmigración, se recibe en Rectoría y se remite al PVEAI. El
original del formulario I-797A, en
el que se consigna la aprobación del estatus y el periodo de vigencia del mismo, se
envía al departamento para que éste la someta directamente al
extranjero con una carta. Es con este formulario que el extranjero podrá solicitar
la visa H-1B en
la embajada de los
EE.UU.
de su país de residencia.
Guía para completar la información para
someter la petición de estatus de no inmigrante H-1B
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