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Actividades Académicas de Corta Duración Visa
B1/B2 o Admisión WB/WT
Con el
propósito de apoyar la agenda de internacionalización de
nuestro Recinto, se implantó la POLITICA PARA EL PAGO DE HONORARIO Y REEMBOLSO
O PAGO DE GASTOS PARA EXTRANJEROS ADMITIDOS CON VISA DE VISITANTES B-1 Y
OTROS (CIRCULAR NUM. 20, OFICINA DE LA RECTORA, AÑO 2005-2006).Dicha Política delega en
nuestro Programa la responsabilidad de orientar y certificar que se cumple
con las normas y procedimientos establecidos en la misma. Por
consiguiente, si su Departamento o Facultad interesan invitar a algún
extranjero para participar de alguna actividad académica de corta duración, es imprescindible que se comunique con nosotros a las extensiones
2928 ó 4931. También se puede comunicar con nosotros a los siguientes
correos electrónicos
acma_castaner@yahoo.com o
jarodriguez@uprrp.edu . Recomendamos a todos nuestros
visitantes que adquieran una póliza de viajero.
La visa
B1/B2 es la requerida a todos los
extranjeros, excepto aquellos que vienen de los países participantes del
Programa de Exención de Visados (VWP por sus siglas en inglés), que visitan
los Estados Unidos en negocios (B1), o como turistas o para tratamiento
médico (B2). Es importante señalar que un visitante en negocios (B-1)
en los EE.UU. no puede devengar salarios.
A los
visitantes que vienen a los EE.UU de los países participantes del
Programa de Exención de Visados, no se les
requiere tener una visa en su pasaporte para ser admitidos. Sin
embargo, se les exije varios requerimientos como lo son
pasaportes de lectura mecanizada (Machine Readable
Passport, MRP) y la aprobación del
Sistema Electrónico para la Autorización de Viajes
(Electronic System for Travel Authorization, ESTA) previo a su
viaje. Siempre debe visitar la página en internet del Departamento de
Estado de los Estados Unidos para la información más reciente en cuanto a
los requerimientos y los países participantes del
Programa de Exención de Visados.
A los visitantes que viajan bajo el VWP, al momento de entrar a territorio de los EE.UU.,
se les anota en su tarjeta de arribo I-94 con WB,
si su visita es de negocios, o con WT si su visita es de turismo o para
tratamiento médico. Es importante señalar que un visitante en negocios (WB)
en los EEUU. no puede devengar salarios.
Puede acceder la Política y el procedimiento, la Certificación para el pago de honorarios
y ejemplos de cartas que puede utilizar para enviar a sus invitados en los
siguientes enlaces:
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